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16 de Febrero de 2023

Superintendencia de Educación Superior en Chile

La idea de una Superintendencia de Educación Superior que vele por la calidad de esta es, en sí, una gran iniciativa, pero puede generar exactamente lo contrario, ¿cómo? A través de lo que los economistas llaman “incentivos perversos”.

Por Pablo Müller Ferrés
El sistema universitario chileno es el segundo más regulado, después de la banca, desde sus precios (aunque no sus costos) hasta sus cantidades, como ocurre con casi toda la educación formal en Chile.
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Pablo Müller Ferrés

Pablo Müller Ferrés es profesor de la Facultad de Administración y Negocios de la U. Autónoma de Chile

En el 2018 nuestro país promulgó la ley 21.091 sobre la educación superior y su espíritu es el de poder generar un sistema que permita el desarrollo de todos los chilenos que acceden a ella de buena forma.

La idea de una Superintendencia de Educación Superior que vele por la calidad de esta es, en sí, una gran iniciativa, pero puede generar exactamente lo contrario, ¿cómo? A través de lo que los economistas llaman “incentivos perversos”.

Para explicar lo anterior consideremos lo que dice el párrafo 2 de la ley, que es el que detalla su creación y funcionamiento. Lo primero es que es una dependencia directa del ministro, no del ministerio, lo que genera de por sí un sesgo ideológico a favor del gobierno de turno, lo que puede resultar en un riesgo enorme, en un país más dado a la opinión de Twitter que a la de los expertos.

Otro punto complejo es el del aseguramiento de la calidad, ya que elimina la existencia casi por completo de las agencias privadas, y aumenta el poder de los pares evaluadores, esto en sí puede llevar a la advertencia de Lord Acton: “el poder corrompe, y el poder absoluto corrompe absolutamente”. Por supuesto, la existencia de organizaciones privadas no garantiza la falta de corrupción, pero es más simple el fiscalizar a las instituciones que a las personas.

Cabe mencionar en esto un detalle, la Superintendencia será la encargada de coordinar las instancias de participación de las universidades, así como solicitar la información relevante al Consejo de Rectores. Este punto es particularmente clave, pues pone bajo el mando de un burócrata de turno a la totalidad de las instituciones miembros del CRUCH, si bien este organismo fue creado por ley y es parte de la burocracia estatal siempre ha sido autónomo y ha coordinado sus procesos de esta forma. Esto último se ve amenazado, pues la Superintendencia tendrá potestad, entre otros, en el cálculo del arancel de referencia, instrumentos de financiación y su distribución, lo que me lleva de nuevo a Lord Acton.

Es bueno recordar, que a la fecha el sistema universitario chileno es el segundo más regulado, después de la banca, teniendo desde sus precios (aunque no sus costos) hasta sus cantidades regulados, como ocurre con casi toda la educación formal en Chile y esta nueva institucionalidad otorga potestad de revisar estados financieros y hacer recomendaciones a las instituciones de educación superior respecto a ellos, cosa no vista en ningún tipo de organización.

El pronóstico, dado lo anterior suena bastante fatídico, sin embargo, esto dependerá, entre otros, de la fiscalización e interés real de la ciudadanía, más que del rol que pueda tener alguna otra institución.

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