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1 de Junio de 2015

Para Contraloría, solo el Presidente de la República puede autorizar los bingos de barrio

El dictamen elaborado por la Contraloría Genera de la República considera a estos eventos como “juegos de azar”, por lo que municipios no los pueden autorizar ni si quiera con fines benéficos

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Un dictamen de la Contraloría General de la República ha tomado una fuerte polémica, luego de que el Municipio de El Quisco quisiera organizar un bingo a beneficio.

Todo partió cuando la municipalidad en cuestión quiso organizar este evento, solicitando el permiso correspondiente al ente gubernamental. Sin embargo la respuesta obtenida fue una negativa debido a que a los “municipios no se encuentran facultados para organizar o autorizar bingos, ni aun cuando estos tengan fines benéficos”.

Esta normativa tiene relación con la Ley N° 19.995, ya que los bingos entran en la categoría de juegos de azar, “cuyos resultados no dependen exclusivamente de la habilidad o destreza de los jugadores, sino esencialmente del acaso o de la suerte, y que se encuentran señalados en el reglamento respectivo y registrados en el catálogo de juegos”.

No obsta a lo expresado, el hecho de que esa clase de juegos sea de carácter benéfico, toda vez que la normativa que regula la materia no ha establecido una excepción al respecto”, agrega el dictamen.

Lo curioso es que la única autoridad que puede facultar este tipo de eventos es el Presidente de la República, en caso de no poder dictaminar, la atribución recae en los intendentes.

Según consigna T13, en vista de esta normativa, la bancada de la DC presentará un proyecto para facilitar estas actividades mediante una ley express, ya que considera esta prohibición como un absurdo.

“No puede ser que actividades tan nobles y tan propias de la vida de barrio, como los bingos, muchas veces realizados para ayudar a los propios vecinos, queden a la misma altura que las marchas masivas que sí deben ser autorizadas por las intendencias”, indicó el diputado Gabriel Silber.

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