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10 de Junio de 2019

SMA acoge denuncias y levanta cargos a Metro por vibraciones en la Línea 6

Se trata de denuncias de vecinos de las comunas de Providencia, Ñuñoa, Santiago y Pedro Aguirre Cerda, tras el inicio de la operación de esta línea en 2018.

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Nueva Línea 8 del Metro
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) procedió a formular cargos contra la empresa Metro, por las denuncias de vecinos contra la Línea 6, que se extiende entre las comunas de Providencia y Pedro Aguirre Cerda.

Se trata de denuncias de vecinos de las comunas de Providencia, Ñuñoa, Santiago y Pedro Aguirre Cerda, tras el inicio de la operación de esta línea en 2018, por lo cual SMA efectuó fiscalizaciones en las casas de los vecinos afectados, recurriendo a una consultora especialista para medir las vibraciones.

“Este caso ha sido especialmente complejo para la Superintendencia, debido a que no existe una norma chilena que establezca metodologías como sí existe para la norma de ruidos el D.S.38/2011. En este caso, existen estándares internacionales que regulan las vibraciones y que quedaron en los compromisos de la RCA del proyecto”, explicó María Isabel Mallea, jefa de la Oficina Regional Metropolitana de la SMA.

En específico, la Superintendencia ha formulado los siguientes cargos asociados a incumplimientos ambientales relativos a vibraciones:

1. Realizar medición de efectividad de la medida de mitigación -20 dB en desajuste a la norma ISO 7626-2:1990.

2. Superación al límite establecido en la norma ISO 2631-2:1989 en 5 de las 7 ubicaciones monitoreadas por encargo de la SMA.

En este caso, las infracciones fueron clasificadas como leves y graves, respectivamente. La Ley Orgánica de la SMA establece que las infracciones leves podrán ser objeto de amonestación, multa de hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). En el caso de las graves, estas multas pueden llegar hasta 5.000 UTA.

En tanto, la empresa Metro tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento donde presente acciones para enmendar sus incumplimientos, o bien 15 días hábiles para formular sus descargos.

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