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17 de Noviembre de 2019

Comisión Chilena de Derechos Humanos condenó intervención de FFEE en labores de reanimación a Abel Acuña

"Esta agresión impidió dar las primeras atenciones, retrasó la reanimación al paciente e impidió su traslado oportuno a un recinto asistencial", enfatizaron en relación al fallecimiento de Abel Acuña.

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La Comisión Chilena de Derechos Humanos expresó su “más enérgica condena a la represión policial” del día viernes 15 de noviembre, cuando se hacían las labores de reanimación y rescate de Abel Acuña. Además, denuncian actuaciones de Fuerzas Especiales en contra de funcionarios del SAMU y la propia ambulancia.

Lo más grave de la situación descrita, es que esta vida pudo ser salvada; sin embargo, la represión policial lo impidió“, condenaron.

Desde la comisión, explican que “de acuerdo al propio Comunicado de la Asociación de Funcionarios SAMU, cuando una ambulancia concurrió al llamado de auxilio, el equipo médico y primeros respondedores, fue agredido por personal de las Fuerzas Especiales de Carabineros, a través de carro lanza aguas, gases lacrimógenos y disparos de armas antidisturbios, resultando herida en una pierna por balines, una de las funcionarias del SAMU, que estaba reanimando al paciente”.

Esta agresión impidió dar las primeras atenciones, retrasó la reanimación al paciente e impidió su traslado oportuno a un recinto asistencial“, enfatizaron.

En ese sentido, señalaron que “este lamentable y condenable hecho, se une dramáticamente al creciente número de víctimas causada por la aplicación de una política de violación grave, masiva y sistemática de los derechos humanos, cometidas en contra de chilenos y chilenas que sólo han ejercido el legítimo derecho a la protesta social, en contra de un modelo de sociedad injusto, desigual y excluyente, que niega derechos sociales básicos y consagra el poder político y económico en unos pocos”.

“La CChDH reitera, que fiel a su misión institucional, realizará todas las acciones conducentes a objeto de exigir el pleno esclarecimiento de los hechos y la determinación de todos los responsables de la muerte de Abel Acuña Leal, los que no pueden limitarse sólo a los autores materiales, según lo establecen los principios y normas consagrados tanto en el Derecho Interno como en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el que resulta plenamente aplicable, en virtud de lo prescrito en el inciso segundo del Artículo 5° de la actual Constitución”, concluyeron.

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