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16 de Diciembre de 2020

Gobierno vuelve a la carga contra cambios de fondos de las AFP

La iniciativa de La Moneda propone establecer una de estas dos estrategias para limitar los traspasos: permitir hasta dos cambios en el año a cualquier tipo de fondo; o permitir solo traspasos adyacentes sin límite de veces en el año.

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Cambios Fondos AFP Personas esperando en sucursal de AFP PlanVital - Foto: Agencia Uno
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A través del Ministerio de Hacienda, el Gobierno presentó un proyecto de ley para regular los traspasos entre los fondos de pensiones, limitando la cantidad de cambios que un afiliado puede hacer dentro de su AFP, una iniciativa que desde La Moneda plantearon como indicaciones en otros proyectos.

La iniciativa busca evitar que las pérdidas se reflejen en una disminución de las pensiones, permitiendo además proteger la estabilidad del mercado financiero.

Entre las propuestas del proyecto está limitar los cambios de fondos en las AFP mediante alguna de las siguientes formas:

• Hasta dos cambio de fondos en un año calendario a cualquier tipo de fondo.
• Permitir solo traspasos entre fondos adyacentes todas las veces que el afiliado lo solicite.

El Ministerio de Hacienda basa su propuesta en un informe de la OCDE que muestra que cambios masivos y frecuentes en los fondos de la AFP tienden a reducir la rentabilidad de los afiliados.

Las limitaciones no se aplicarán a la cuenta de ahorro voluntario, cotizaciones voluntarias o depósitos convenidos, ni respecto a los afiliados al momento de pensionarse, quienes solo podrán optar sin restricción por los fondos C, D y E.

Esta no es primera vez que La Moneda impulsa un proyecto para limitar los cambios de fondo por parte de los afiliados a las AFP. Ya en junio de este año, en el contexto de la discusión de nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de los mercados, el Gobierno presentó una indicación en esta línea.

La indicación -que luego fue retirada- permitía solo que los cambios de fondos sean adyacentes. Esto quiere decir que una persona en el fondo A solo podrá cambiar de forma inmediata su cuenta al fondo B; alguien que tenga sus recursos en el fondo B solo podrá cambiarse al A o C; y así sucesivamente.

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