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30 de Junio de 2022

SII con “súper poderes”: tendrá acceso a los saldos bancarios de las cuentas en Chile

Esta medida, que entró en vigencia este jueves, tiene por objetivo evitar la evasión fiscal en instrumentos bancarios que tengan un saldo de más de 1.500 UF.

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Este jueves 30 de junio se publicó en el Diario Oficial la modificación al Código Tributario que obliga a todos los bancos y otras instituciones financieras a informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) los saldos bancarios y movimientos de personas y/o empresas.

Esta medida, que solo es para ciertos casos, tiene por objetivo evitar la evasión fiscal.

Según la publicación, la obligación de entregar esta información confidencial sobre saldos y abonos en cuentas financieras es para cuentas que tengan sobre las 1.500 Unidades de Fomento (UF), es decir, $49.500.000 aproximadamente.

Debido a ello, las entidades financieras deberán proporcionar al SII “información sobre los saldos de productos o instrumentos de captación, inversión o servicio de custodia (…), así como las sumas de abonos que mantengan sus titulares (personas naturales, jurídicas o patrimonios de afectación), con domicilio o residencia en Chile o que se hayan constituido o establecido en el país”.

Cuentas de ahorro para la vivienda también serán fiscalizadas

Junto a ello, el organismo indicó que los bancos deberán entregar información de las cuentas corrientes, depósitos a plazo, depósitos a la vista o vales vista, cuentas a la vista, cuentas de ahorro a plazo y cuentas de ahorro a la vista.

Además de las cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos y cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior.

En esa línea, y según la publicación en el Diario Oficial, también deberá reportarse, sólo en caso de ser necesario ante la sospecha de evasión y elusión fiscal, “información respecto de los contratos de seguros con cuenta de inversión o ahorro, o valor de rescate, o que garanticen un capital al término de un plazo, además de contratos de rentas privadas, ya sean vitalicias o temporales”.

En el origen de esta ley, y de acuerdo a documentos del Senado, no se otorgaría nuevas facultades ni derechos al SII, ya que sólo tendría fines fiscalizadores en pro de evitar la evasión.

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