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5 de Octubre de 2022

Corte Suprema anuncia llamado oficial a postular para ser nuevo Fiscal Nacional

Esto, luego que el pasado 1 de octubre Jorge Abbott alcanzara el límite de edad para ocupar el puesto.

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El máximo tribunal detalló que los interesados en postular deberán presentar sus antecedentes por medio de una solicitud escrita en la Secretaría de la Corte Suprema en un plazo de 10 días. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La Corte Suprema acordó abrir concurso para proveer el cargo de fiscal nacional del Ministerio Público, para ocupar la vacante que deja Jorge Abbott, quien el pasado 1 de octubre alcanzó el límite de edad legal para ejercer el puesto.

Jorge Abbott fue nombrado director ejecutivo nacional de la Fiscalía de Chile en 2014.

El máximo tribunal detalló que los interesados en postular deberán presentar sus antecedentes por medio de una solicitud escrita en la Secretaría de la Corte Suprema en un plazo de 10 días, contado desde la segunda publicación del llamado que se realizará en diarios de circulación nacional.

Los postulantes deberán ser ciudadanos con derecho a sufragio, tener a lo menos 10 años del título de abogado, haber cumplido 40 años de edad y no encontrarse sujeto a alguna de las incapacidades e incompatibilidades previstas en la Ley N° 19.640”, consigna el anuncio.

Junto con ello, “los interesados en postular al cargo deberán presentarse al concurso mediante solicitud escrita, dirigida al Presidente de la Corte Suprema, indicando en ella su individualización completa, la que se entregará en la Secretaría de esta Corte Suprema”.

Los postulantes además deberán presentar los siguientes antecedentes: 

a) Certificado de nacimiento;
b) Certificado de antecedentes para fines especiales,
c) Certificado de título de abogado extendido por el Secretario de la Corte Suprema;
d) Certificado de inscripción en el Registro Electoral;
e) Reseña curricular de títulos, grados, diplomas, cursos, de sus actividades profesionales y del desempeño de cargos docentes o académicos o privados, que ejerzan o hubieren ejercido y cualquier otro antecedente útil para evaluar sus méritos.
f) Declaración jurada de no estar afecto a las restricciones previstas en los artículos 256 y 257 del Código Orgánico de Tribunales y N° 61 de la Ley N° 19.640 Orgánica Constitucional del Ministerio Público”, añade.

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