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“Omite al niño y sus derechos”: especialistas analizan proyecto que permite suspensión de visitas entre padre e hijo

La norma permitirá la suspensión de las visitas cuando uno de los tutores incumpla este régimen sin justificación.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica la ley N° 14.908, que busca regular el incumplimiento del régimen de visitas entre padre o madre con su hijo, según haya sido establecido previamente en un Tribunal de Familia.

Tras su aprobación, la diputada autora del proyecto, Ana María Gazmuri (AH), indicó que “la presencia intermitente de los padres en la vida de niños y niñas genera un daño inmenso y un tipo de violencia que no ha sido visibilizada a cientos de familias chilenas”.

¿Qué es lo regula este proyecto de ley?

Este proyecto de ley establece la suspensión del régimen comunicacional entre padre y/o madre e hijos o hijas cuando exista un incumplimiento de visitas sostenido en el tiempo por seis meses. Además, determina la suspensión de visitas si hay cumplimiento de forma esporádica, en el lapso de un año.

La medida también se adoptará en caso de haber sido condenado por violencia intrafamiliar (VIF) o por delitos sexuales ejercidos en contra del menor de edad, con quien se tiene una relación directa y regular.

Junto a ello, la norma restringirá la potestad de autorizar la salida del país del niño, niña o adolescente al padre o madre que fue suspendido de la relación directa y regular con su hijo o hija.

“Incluir en el debate a expertos en psicología emocional infantil”

En conversación con EL DÍNAMO, Eugenio Vásquez, abogado y académico de Derecho de la Universidad Andrés Bello, señaló que “es un buen proyecto en cuanto a su idea central. Agregaría eso sí en la discusión, el análisis a los jueces de familia y expertos en psicología emocional infantil”.

“El Tribunal de Familia no puede resolver solo desde la base objetiva del incumplimiento, no olvidemos que un derecho fundamental de todo niña, niño y adolescente, consagrado en la Convención de los Derechos del Niño, es el ser oído por un juez. La opinión del menor es importante, pero no vinculante para el tribunal, quien podría determinar que, pese a los deseos del menor, lo mejor es para él suspender el ejercicio de la relación directa y regular”, indicó.

Junto a ello, agregó que “la personalidad de un adulto es el resultado de nuestra formación infanto juvenil, de nuestras vivencias, aprendizajes y traumas. Por lo anterior, las consecuencias psicológicas entendidas como potenciales daños sí son evidenciables. Si esta ley está castigando al abandono parental por ser una conducta dañina para los niños, vamos por un muy buen camino“.

“No le veo sentido a esta ley”

En tanto, la abogada Ester Valenzuela, académica y directora del diplomado Derechos de Infancia y Adolescencia de la Universidad Diego Portales, señaló a EL DÍNAMO que “este proyecto no tiene enfoque de derechos del niño, omite al niño y sus derechos completamente.

“La suspensión del régimen de visitas, por el incumplimiento del mismo, es preciso verla caso a caso. Insisto en la importancia de que esto debe ser visto como un derecho del niño y no como un espacio de sanción. (La opinión del menor de edad) debiese ser oída en el tribunal y su opinión ser considerada”, agregó la experta.

En su trámite legislativo, la norma fue aprobada en general por 134 votos a favor, pero se presentaron indicaciones, por lo que regresó a la Comisión de Familia para un nuevo informe.

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