
Este martes 2 de julio se dio a conocer el veredicto del juicio contra Jorge Escobar, el tío abuelo de Tomás Bravo, a quien se le imputaba el delito de abandono de menor con resultado de muerte.
En este contexto, el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete decidió absolver al tío abuelo de Tomás Bravo. Esto, debido a que no se configura el delito de abandono de menor con resultado de muerte, según expuso el juez Ricardo Piña.
En este sentido, no se acreditó el dolo (intención de abandonarlo) y se consideró que la Defensoría Penal Pública dio cuenta de una “duda razonable mediante prueba pericial en cuanto a la posibilidad de que un tercero hubiese tenido participación en los hechos”.
“La sola acción de haber dejado al niño sin observación no configura el delito de abandono”, sostuvo el tribunal en su resolución.
El Caso Tomás Bravo
El pequeño Tomás Bravo desapareció el 17 de febrero de 2021 en la localidad de Caripilún de la comuna de Arauco, Región del Biobío.
Aquella jornada, el niño se encontraba con su tío abuelo, Jorge Escobar, con quien fue a dar alimento a unos animales. En ese momento y tras un descuido del hombre, se perdió el rastro del menor.
Tras ello, Tomás Bravo estuvo desaparecido durante nueve días y fue encontrado sin vida en Arauco el 26 de febrero. Ese mismo día se emitió la orden de detención de su tío abuelo, quien después de su formalización por homicidio calificado, el Juzgado de Garantía de la comuna rechazó la solicitud de prisión preventiva.
Con respecto a la lectura de la sentencia, esta se programó para el próximo lunes 21 de julio a las 14:00 horas.