Secciones
País

Los argumentos de Natalia Valdebenito para rechazar la censura judicial por chiste sobre mineros

La comediante respondió a la presentación realizada por la familia de Paulo Marín, uno de los fallecidos, en contra de un comentario emitido en uno de sus últimos shows.

Natalia Valdebenito presentó sus descargos para dejar sin efecto la orden de no innovar de la Corte de Apelaciones de La Serena, que le prohíbe hacer comentarios o chistes vinculados a la muerte de los mineros en la División El Teniente, ocurrido el pasado 31 de julio.

Al respecto, la comediante respondió a la presentación realizada por la familia de Paulo Marín, uno de los fallecidos, en contra de un comentario emitido en uno de sus últimos shows, hecho por el cual ya dio disculpas.

Valdebenito explicó que la frase no corresponde a su rutina y que fueron “expresiones realizadas en el contexto de una presentación de otras artistas”, descartando que ocurrió en un evento pagado, por lo que no es correcto señalar que está “realizando show humorístico con fines de lucro” sobre la tragedia en El Teniente.

“En ningún momento me burlé de la tragedia ocurrida en la mina El Teniente, sino que, muy por el contrario, en dicha presentación me burlo de mí misma, lo que es una máxima de la comedia, una exageración, una sublimación de lo normal para dar a entender algo”, puntualizó la humorista en sus descargos al tribunal, dados a conocer por La Tercera.

En esta línea, recalcó que “puede una expresión determinada ser reprochable moral o valóricamente, lo cual no significa que jurídicamente lo sea (…) Si en este caso concreto se llegase a sostener que ha existido un posible abuso de la libertad de expresión, esto no justifica de manera alguna la adopción de medidas de control preventivo, toda vez que se estaría vulnerando abierta y flagrantemente el ordenamiento jurídico interno como internacional”.

“No se vislumbra cómo el acto reprochado pueda calificarse de arbitrario e ilegal, toda vez que se encuentra acogido por el estatuto del libre ejercicio de la libertad de expresión que se le reconoce a toda persona en nuestro país. En otras palabras, en el escrito de protección no se realiza por parte de la recurrente un ejercicio básico de subsunción, en cuanto a establecer de qué manera el acto reprochado cumple con los requisitos mínimos para interponer la acción cautelar, sin -aun más- vulnerar el legítimo derecho a la libertad de expresión”, cerró Luis Vergara, abogado de Natalia Valdebenito.

Notas relacionadas