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Ángel Valencia rechaza petición de la familia de Julia Chuñil y mantiene a fiscal de Los Ríos en el caso

Ángel Valencia rechazó la petición de las abogadas de la familia, aseverando que no se cumple ninguna de las causales de inhabilidad presentes en la norma jurídica.

Ángel Valencia rechazó la petición de las abogadas de la familia de Julia Chuñil y descartó remover a la fiscal regional de Los Ríos, Tatiana Esquivel, de la investigación por la desaparición de la dirigente mapuche.

Las profesionales Carmen Caifil, Karina Riquelme y Mariela Santana habían solicitado a la Fiscalía Nacional el traslado de la causa alegando “vulneración del principio de objetividad y de protección a las víctimas, e incumplimientos de obligaciones internacionales adquiridas por el Estado en virtud de la Convención Americana de Derechos humanos”.

Según consignó radio Biobío, ante estas acusaciones, Valencia ordenó a la Fiscalía de Los Ríos un informe, el cual descartó los argumentos de las representantes de la familia de Julia Chuñil, apuntando por ejemplo que la Unidad Regional de Atención a Víctimas y Testigos (Uravit) ha “brindado acompañamiento constante y documentado” a sus más cercanos.

Junto con ello, detallaron que en la investigación por su desaparición han trabajado con peritos forenses, analistas y unidades especializadas como la Brigada de Homicidios de la PDI, el Labocar, el Servicio de Búsqueda de Personas, OS9 y el GOPE de Carabineros, entre otros.

Por su parte, la propia Tatiana Esquivel aseguró que ha llevado el caso “con apego a la legalidad y con la objetividad necesaria”, bajo estándares nacionales e internacionales de derechos humanos y denunciando las filtraciones que ha presentado la investigación.

Esquivel agregó que cumplió la orden de “redoblar los esfuerzos” en las indagatorias, tal como lo solicitó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En vista de estos antecedentes, Ángel Valencia rechazó la petición de las abogadas de la familia de Julia Chuñil, aseverando que no se cumple ninguna de las causales de inhabilidad presentes en la norma jurídica y que no hay antecedentes suficientes para cursar un traslado de la causa.

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