El Servicio de Impuestos Internos (SII) interpuso una querella criminal contra dos empresarios de nacionalidad china, quienes se desempeñaban como representantes legales de una empresa importadora y exportadora que funcionaba como mall chino en Valdivia.
La acción judicial, presentada por la Dirección Regional del SII, fue ingresada ante el Juzgado de Garantía de la capital regional y apunta a un fraude al fisco superior a los $310 millones.
De acuerdo con los antecedentes reunidos por el organismo fiscalizador, los imputados habrían operado una estructura organizada compuesta por al menos 20 empresas sin actividad real, utilizadas para emitir y registrar documentos tributarios falsos con el objetivo de reducir de manera ilegal su carga impositiva. En total, se identificó el uso de 163 facturas electrónicas asociadas a operaciones inexistentes.
La investigación estableció que entre febrero de 2023 y junio de 2024 los querellados incrementaron artificialmente sus créditos fiscales de IVA, lo que generó un perjuicio fiscal de más de $128 millones. A esto se suma la declaración de costos y gastos falsos en los impuestos a la renta correspondientes a los años tributarios 2024 y 2025, provocando un daño adicional superior a $182 millones.
Asimismo, el SII detectó un patrón coordinado de funcionamiento entre las empresas proveedoras involucradas, varias de las cuales utilizaban las mismas direcciones IP para emitir facturas y presentar declaraciones. Al revisar los domicilios informados, se comprobó que correspondían a oficinas virtuales, sin evidencia de actividad comercial, personal contratado, bodegas ni infraestructura operativa.
En paralelo, cruces de información con la Tesorería General de la República y el Servicio Nacional de Aduanas permitieron confirmar que ninguna de las empresas investigadas registró pagos de impuestos aduaneros ni operaciones de importación durante el período analizado.
Desde el SII indicaron que este tipo de querellas buscan resguardar el sistema tributario y sancionar conductas que afectan el interés fiscal, en el marco de los delitos contemplados en el artículo 97 N°4 del Código Tributario, vinculados al uso malicioso de créditos fiscales y declaraciones falsas.