La Corte de Apelaciones de Antofagasta anuló la resolución del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta en el procedimiento de cumplimiento incidental relacionado con el Proyecto Dominga, al determinar que su aplicación no era procedente.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada concluyó que la decisión del Primer Tribunal Ambiental, dictada en febrero de 2025, “no corresponde a un caso previsto por la ley”. Según la resolución, “se aplicó el procedimiento de ejecución a un caso no contemplado legalmente, generando un vicio procesal que debe ser subsanado”.
El tribunal explicó además que la sentencia original “no estableció ningún derecho a favor de las partes ni resolvió la calificación del proyecto; tampoco confirmó ni revocó lo decidido por el Comité de Ministros, sino que ordenó un nuevo pronunciamiento del órgano recurrido, sin poner fin a la instancia ni resolver la cuestión de fondo”.
La Corte agregó que exigir que el tribunal se pronuncie “sobre aspectos esenciales del proceso de evaluación ambiental, como los límites y la competencia de las autoridades involucradas, resulta manifiestamente improcedente y contrario a la ley”, lo que evidencia que la aplicación del procedimiento de cumplimiento de resoluciones judiciales era inadecuada en este caso.
Por este motivo, la Corte decidió anular “todo lo obrado en el procedimiento de cumplimiento incidental en la causa rol R-95-2023 del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta” y determinó que “atendida la naturaleza jurídica de la resolución en alzada, su aplicación resulta improcedente”.
En febrero de 2025, el Tribunal Ambiental había anulado la decisión del Comité de Ministros que rechazaba la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto minero portuario Dominga, ordenando al gobierno una nueva reunión con sus titulares.
Esta medida respondió a la solicitud de Andes Iron, titular del proyecto, que buscaba el cumplimiento incidental del fallo del 9 de diciembre de 2024, el cual instruía al Comité de Ministros a dictar una nueva resolución en un plazo de 15 días. El vencimiento de ese mandato estaba fijado para el 31 de diciembre de 2024.