Una decisión de la Corte Suprema obligó a la Municipalidad de Maipú a retirar, en un plazo de 30 días corridos, dos portones instalados en el Pasaje Los Diamantes, en Villa Paraíso, luego de acoger el recurso presentado por un vecino que acusó que los cierres le impedían ingresar con normalidad a su vivienda tras someterse a tratamientos de hemodiálisis.
El demandante, Jorge Campuzano, es un paciente con enfermedad renal crónica que debe asistir tres veces por semana a diálisis.
Debido a que sus sesiones finalizan entre las 21:00 y las 22:30 horas, al regresar encontraba los accesos cerrados, ya que las rejas permanecían bloqueadas desde las 20:00 como una medida de seguridad adoptada por residentes del sector. Según estableció la justicia, estas estructuras fueron instaladas en 2019 sin contar con la autorización municipal correspondiente.
Las claves del fallo de la Corte Suprema que dio la razón a un vecino y golpeó a la Municipalidad de Maipú
Antes de recurrir a los tribunales, el vecino solicitó que los portones fueran desplazados algunos metros para permitir el acceso de vehículos de emergencia. Su petición, sin embargo, no prosperó. “No me escucharon”, relató.
Además, explicó las dificultades que enfrentaba después de cada tratamiento: “Después de las diálisis uno queda mal, a uno le baja la presión, y sortear todas esas rejas es un tremendo esfuerzo”.
Aunque inicialmente la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección, la Corte Suprema revocó esa decisión y concluyó que el cierre del pasaje constituyó un acto de autotutela realizado al margen de la normativa vigente. El máximo tribunal determinó que la situación vulneró el derecho del afectado a desplazarse libremente y acceder a su propio domicilio.
En su resolución, la Corte también estableció que los portones nunca fueron sometidos al procedimiento exigido por la legislación, ya que no existía una solicitud formal de los vecinos, tampoco un acuerdo del concejo municipal ni el informe técnico de la Seremi de Transportes requerido para este tipo de intervenciones en bienes nacionales de uso público. Asimismo, concluyó que el municipio incumplió su deber de fiscalizar y ordenar el retiro de las estructuras.
Durante el proceso judicial, la Municipalidad de Maipú reconoció que los cierres no habían sido objeto de solicitudes de autorización o regularización y que algunas de las instalaciones existentes ni siquiera cumplían las condiciones para ser regularizadas. Tras conocerse el fallo, la casa edilicia confirmó que cumplirá con lo resuelto por el máximo tribunal.
A través de un comunicado, el municipio señaló: “La Municipalidad de Maipú cumple de manera permanente las resoluciones judiciales. Por ello, y en cumplimiento de lo resuelto por la Corte Suprema, acatará lo que ordena, con el objeto de restablecer el libre acceso a la vía pública”.