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Dorothy versus profesores: los pronunciamientos de Contraloría que tensionan al empleo público

El criterio Pérez en cuanto a la confianza legítima y recientemente sobre la paralización de profesores, han causado incomodidad y molestia en sectores de la izquierda y organizaciones de trabajadores.

Una clara agenda de control del empleo público ha desplegado la contralora general, Dorothy Pérez, desde que asumió definitivamente el cargo en noviembre del año pasado. 

El ejemplo más claro es el Caso Licencias Médicas, informe comandado por Pérez que recibió respaldo transversal del mundo político y que, incluso, motivó a parlamentarios de diverso signo político a pedir más recursos y facultades para la Contraloría General de la República (CGR).

Sin embargo, no todos los pronunciamientos de la CGR bajo el mando de Pérez han gozado del apoyo cerrado de los actores políticos.

Contraloría versus profesores

Recientemente, el pronunciamiento relativo a que profesores deberían tener descuentos en sus sueldos si es que deciden paralizar funciones, causó polémica no sólo en el Colegio de Profesores —desde donde se cuestionó el criterio de la Contraloría—, sino que también en el Congreso

Según explicó el ente fiscalizador a un oficio enviado por el senador Esteban Velásquez (FRVS), “toda paralización de actividades vulnera el artículo 19, N° 16, inciso quinto, de la Constitución Política de la República, de conformidad con el cual no podrán declararse en huelga los funcionarios del Estado ni de las municipalidades”.

En esa línea, el pronunciamiento añade que “la ausencia de los profesionales de la educación de sus labores por adherir voluntariamente a una paralización ilegal de actividades, conlleva necesariamente el descuento en sus remuneraciones del valor del tiempo no trabajado”  

Asimismo, se determina la manera en que se deben descontar las horas no trabajadas: “Si las remuneraciones son percibidas en el mismo mes en que se produce la ausencia injustificada, estas deben ser descontadas de la remuneración mensual inmediatamente siguiente, sin encontrarse afectas a ningún límite y con preferencia a las deducciones voluntarias a que se haya comprometido el funcionario”.

Consultado por EL DÍNAMO, el diputado Luis Cuello (PC) apunta a que “este problema, es estructural de la educación pública y no se resuelve mediante resoluciones administrativas que más bien atacan a la consecuencia (las movilizaciones)”. 

Y acota que, ante la envergadura de la problemática presente en el sistema educacional público, lo correcto sería otorgar “mayor presupuesto para la educación pública para que se fortalezca y no para que se debilite”, pero que “lo resuelto por la Contraloría no va en una buena dirección desde ese punto de vista”.

Opinión similar tiene el diputado Andrés Giordano, quien sostiene que “Contraloría cumple con su rol y eso está muy bien. Pero también es fundamental avanzar en los desafíos actuales del empleo público, para compatibilizar el orden normativo con los principios de trabajo decente, libertad sindical y participación. Ese es el debate de fondo que debemos dar”.

En todo caso, este no es el primer roce de Contraloría con el mundo del empleo público. 

Confianza legítima

En el mes en que Pérez asumió, uno de sus primeros pronunciamientos fue cambiar el criterio del ex contralor, Jorge Bermúdez, respecto a la confianza legítima que funcionaba como una protección del empleado público a contrata en torno a la extensión de sus contratos.

El criterio Pérez fue cuestionado en su momento, pero recientemente recibió un espaldarazo de la Corte Suprema que, en un caso particular, determinó que es correcto que la Contraloría debe abstenerse de pronunciarse puesto que es materia “litigiosa”. 

“El dictamen respecto de la confianza legítima, sin duda que provoca una mayor inestabilidad en el empleo público ya que tiende a judicializar la aspiración legítima de los funcionarios que cumple con su trabajo de poder continuar en el servicio público”, dice Cuello, quien presentó un proyecto de ley hoy tramitado en la Comisión del Trabajo para que la confianza legítima quede establecida en el ordenamiento jurídico. 

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