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Comisión del Senado rechaza proyecto que tipifica el ingreso clandestino al país

El proyecto contempla la expulsión del país como pena accesoria obligatoria al término del cumplimiento de la condena.

AGENCIA UNO/ ARCHIVO.

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado rechazó en general el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley 21.325 de Migración y Extranjería para tipificar el delito de ingreso clandestino al territorio nacional.

La instancia, presidida por la senadora del Partido Socialista (PS) Danisa Astudillo, rechazó la iniciativa por tres votos contra dos.

Tras la decisión, el coordinador legislativo del Ministerio del Interior, José Pablo Núñez, expresó su disconformidad señalando que “lamentamos que la comisión haya rechazado en general este proyecto, sabiendo que es una instancia donde se discute sobre la idea de legislar y que desde el Ejecutivo siempre ha existido la disposición a conversar y a perfeccionar la iniciativa”.

En esa línea, agregó que para el gobierno la propuesta era prioritaria y enfatizó que “el resguardo de las fronteras y el orden y el control fronterizo es un bien jurídico fundamental que requiere la mayor protección”.

Desde la presidencia de la comisión, la senadora Danisa Astudillo respondió que “me hubiese gustado que hoy día que íbamos a votar hubiese una autoridad presente”.

La votación se realizó tras una serie de audiencias en las que participaron representantes de la PDI, el Servicio Nacional de Migraciones, el INDH y la Defensoría Nacional Pública, entre otros.

El proyecto había sido aprobado previamente en la Cámara de Diputados en enero de 2024 con 88 votos a favor. La iniciativa busca sancionar el ingreso irregular al país con penas de cárcel y posterior expulsión.

El senador de Renovación Nacional (RN) Andrés Longton defendió la propuesta señalando que el llamado derecho a migrar “es inexistente y prima la soberanía de los países”.

En cuanto al proyecto, este establece penas que van desde 61 a 540 días de presidio menor en su grado mínimo, además de multas de 5 a 10 UTM. Las sanciones aumentan entre 541 días y 5 años de cárcel en casos agravados, como ingreso con prohibición vigente o uso de documentos falsos.

También contempla la expulsión del país como pena accesoria obligatoria al término del cumplimiento de la condena.

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