La prevención y las capacitaciones a los trabajadores han sido clave para lograr que las tasas de accidentes laborales se mantengan a la baja en los últimos años y así evitar riesgos. A pesar de estas buenas cifras, existen nuevos desafíos en torno a esta temática. Uno de estos es la forma de movilizarse por la ciudad a través de scooter eléctricos y otros objetos tecnológicos que cada vez cobran más relevancia.
Según datos recientes de la Achs, entre enero y marzo de 2026 se registraron más de 240 incidentes a raíz de este medio de transporte, lo que refleja un aumento del 23% respecto al mismo periodo en 2025 y de un 84% comparado al primer trimestre de 2024. En promedio, se pasó de 44 accidentes mensuales (hace dos años) a 80, lo que representa un aumento de casi el doble.
Los trabajadores de entre 31 y 40 años concentran el 43% de los casos, seguidos por quienes tienen entre 18 y 30 años, con 38%. Los hombres representan el 60% de las personas accidentadas y la Región Metropolitana concentra el 76,8% de los siniestros a nivel nacional. El bloque horario de mayor riesgo es la mañana, entre las 7 y las 12 del día, que reúne el 60% de los eventos.
Esta y otras formas de llegar al trabajo se vuelven cada vez más populares, y a la vez aparece una duda frecuente, ¿hasta dónde llega la cobertura del seguro laboral si ocurre un accidente de trayecto? ¿Qué cubre exactamente y desde qué momento empieza a regir?
Accidente de trayecto
Son los incidentes que pueden sucederle a una persona en el trayecto de ida o regreso, entre la residencia y el lugar de trabajo. Considera los que ocurren en dos lugares de trabajo, aunque sean de distintos empleadores. En esta categoría solamente se contemplan los eventos que ocurran en el tránsito directo, es decir, si ocurre un problema en un desvío del camino habitual, no se considera como accidente de trayecto.
¿Qué hacer en caso de tener algún accidente de trayecto?
Quien sufre un accidente de trayecto está cubierto por el seguro laboral, y por eso lo primero es buscar atención según la gravedad de sus lesiones. Si la situación lo requiere, se puede solicitar una ambulancia o si la lesión es más leve, la persona debe dirigirse al centro de salud que le indique su mutualidad, donde recibirá orientación sobre los pasos a seguir. En ambos casos, corresponde avisar al empleador lo antes posible, ya que cuenta con 24 horas para presentar la Declaración Individual de Accidente del Trabajo ante la mutualidad.
Todas las prestaciones asociadas, desde la atención de urgencia hasta los medicamentos, las prótesis y la rehabilitación, se entregan sin copago mientras persistan los síntomas o secuelas del accidente, ya que se asignan según la necesidad clínica de cada paciente y no según su capacidad de pago.
En paralelo, la mutualidad revisa los antecedentes del caso para determinar su origen y calificar si el hecho corresponde a un accidente de trayecto. Si la persona no está de acuerdo con esa calificación, puede apelar de forma interna en su mutualidad o recurrir a la Superintendencia de Seguridad Social dentro de los 90 días siguientes a conocida la resolución.
Para revisar los detalles del seguro ingresa en este link: https://www.achs.cl/nosotros/que-es-la-achs/conoce-sobre-la-ley/accidentes-de-trabajo