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Feriados de Fiestas Patrias: conoce el funcionamiento del comercio y supermercados

Durante las celebraciones, los días 18 y 19 de septiembre son considerados feriados obligatorios e irrenunciables.

Comenzó la cuenta regresiva para las celebraciones de las Fiestas Patrias 2025, por lo que muchos se preguntan cómo será el funcionamiento del comercio y supermercados para estas fechas.

Durante las celebraciones dieciocheras, los días 18 y 19 de septiembre son considerados feriados obligatorios e irrenunciables para la mayoría de quienes trabajan en el comercio, tal como lo establece la Ley 19.973.

Esto implica que el comercio, supermercados, grandes tiendas y locales de conveniencia (ubicados en servicentros y que solo vendan productos envasados) deberán cerrar completamente durante esas fechas.

Según explicó el director nacional del Trabajo, Sergio Santibáñez, el descanso legal comenzará a las 21:00 horas del miércoles 17 de septiembre y se extenderá hasta las 06:00 de la mañana del sábado 20.

Sin embargo, se permiten ciertos ajustes por turnos rotativos, lo que significa que los trabajadores podrían extender su jornada hasta la medianoche del día 17 o reincorporarse a partir de las 00:00 del sábado 20.

¿Qué comercio puede abrir durante las Fiestas Patrias?

Hay excepciones a esta norma. Están autorizados a funcionar:

  • Restaurantes, pubs, discotecas y clubes
  • Cines y espectáculos en vivo
  • Casinos y farmacias de turno o urgencia
  • Estaciones de servicio (bencineras)
  • Tiendas de conveniencia que preparen alimentos en el lugar
  • Pequeños negocios de barrio, siempre que sean atendidos por sus propios dueños o familiares directos

Existe también una normativa que protege a los trabajadores que están exceptuados del feriado: el descanso bianual.

Esto significa que, si una persona trabajó en Fiestas Patrias en 2024, tiene derecho a descansar obligatoriamente en 2025, siempre y cuando continúe con el mismo empleador.

“Este derecho busca que todos puedan celebrar con sus familias al menos una vez cada dos años”, señaló Santibáñez.

Fiscalización y multas durante las Fiestas Patrias

En caso de que las empresas no respeten estos días de descanso, las sanciones pueden ser severas. Las multas van desde:

  • $346.325 para micro y pequeñas empresas.
  • $1.385.300 para grandes empresas.

Estas cifras se aplican por cada trabajador afectado. Además de la multa, se ordenará cerrar el local de inmediato y poner fin al turno infractor.

Debido a lo anterior, la Dirección del Trabajo habilitó un formulario para recibir denuncias al que puedes acceder HACIENDO CLIC ACÁ.

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