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15 de Mayo de 2024

Las acusaciones de monopolio que hicieron que CDF recibiera una histórica multa por USD 27 millones

En su sentencia, junto con declarar que CDF infringió la libre competencia, el TDLC ordenó a la empresa no condicionar la venta de sus señales premium a la compra de su canal básico.

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CDF La empresa recibió una multa de 32.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a USD 27,6 millones, la mayor impuesta por el TDLC. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dictaminó que el Canal del Fútbol (CDF) – hoy conocido como TNT Sports, abusó de su posición dominante en el mercado de la transmisión en vivo y en directo de los partidos del Torneo Nacional, imponiendo una serie de prácticas comerciales abusivas a los cableoperadores.

En su sentencia, el TDLC indicó que “llegó a la convicción de que las tres prácticas analizadas no son consistentes con distintas eficiencias argumentadas por CDF y que, en la situación presente, con claridad desde julio de 2017, sí lo son con un abuso de la posición dominante que tiene CDF en la transmisión en vivo del CNFP”.

De esta manera, la empresa recibió una multa de 32.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a USD 27,6 millones, la mayor impuesta por el TDLC hasta el momento a una empresa por una actuación anticompetitiva.

Las prácticas abusivas del CDF

La investigación desarrollada por la Fiscalía Nacional Económica reveló que, desde la creación del CDF Premium en 2006, la empresa implementó en forma paulatina una serie de cláusulas lesivas para la competencia, entre ellas la fijación de un número arbitrario de abonados mínimos garantizados por parte del canal, pues estimó que dicha imposición permite a “CDF aplicar precios medios por cliente premium distintos entre operadores, lo que no está justificado en costos”.

Adicionalmente, el TDLC calificó como anticompetitiva la limitación o control de las promociones que los cableoperadores podían implementar para la venta de las señales CDF Premium y CDF HD y el establecimiento de un precio mínimo de reventa para tales canales.

Junto con ello, se cuestionó la exigencia realizada a los cableoperadores de que toda la base de clientes adquiera CDF Básico como condición para acceder a sus señales Premium.

En su sentencia, junto con declarar que CDF infringió la libre competencia, el TDLC ordenó a la empresa no condicionar la venta de sus señales premium a la compra de su canal básico, ni obligar a incluir en los planes de televisión alguna de sus señales, así como no establecer mínimos garantizados discriminatorios.

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