El Ministerio del Trabajo ingresó con suma urgencia el proyecto de ley para flexibilizar el cálculo de la jornada laboral para las 40 horas semanales, pasando de las cuatro semanas actuales a un periodo que hasta 16 semanas (cuatro meses), hasta 52 semanas, esto es, un año.
La propuesta, entregada a las comisiones de Trabajo y Economía de la Cámara de Diputados, busca “perfeccionar los mecanismos de adaptabilidad de la jornada de trabajo y establece un régimen especial para el sector turismo y actividades conexas”.
La cartera dirigida por Tomás Rau indicó que, en la actualidad, el cálculo para la jornada laboral de 42 horas semanales se realiza en base a cuatro semanas, pero se pretende que ahora sea en un lapso de 16 semanas, esto es, cuatro meses.
Sin embargo, para el mercado del turismo, y actividades relacionadas como bares, discotecas, restaurantes y casinos, entre otros, este periodo se puede extender hasta 52 semanas, o sea, un año.
Según consignó The Clinic, este nuevo régimen para el turismo pretende compatibilizar “necesidades operacionales del sector con la protección de los trabajadores”.
Los principales cambios a la Ley de 40 Horas
El Ministerio del Trabajo considera modificar los artículos 22 y 22 bis, centrado en la regulación de los pactos de distribución de la jornada ordinaria promedio de 40 horas semanas, ampliando el periodo de referencia y que siga teniendo un máximo de 45 horas ordinarias a la semana.
Pero detalla que “mediante negociación colectiva o pactos directos con sindicatos, y solo respecto de sus afiliados, las partes podrán pactar la ampliación del ciclo hasta un máximo de 52 semanas”. Sin embargo, se mantiene el límite de 45 horas a la semana para los funcionarios del turismo.
En esta línea, y para poder concretar los cambios a la jornada, “en ambos casos, el promedio de la jornada ordinaria deberá respetar el límite legal vigente, deberá suscribirse un pacto que conste por escrito y contemplar un calendario previo de distribución, resguardando la certeza del trabajador respecto de la organización de su jornada”.
Junto con ello, se amplían de 8 a 12 los domingos consecutivos para los trabajadores de empresas vinculadas al sector del turismo, como hoteles, bares, restaurantes y similares, “permitiendo cubrir periodos de alta demanda sin afectar el número total de descansos anuales”.
En cuanto a la compensación de horas extraordinarias, se pasa de 5 a 10 días hábiles adicionales de descanso a pactar en un año, estableciendo el mecanismo de 1 hora extraordinaria es equivalente 1,5 horas de descanso.
“Horizontes más extensos permiten distribuir la jornada de acuerdo con ciclos productivos que exceden el horizonte mensual, otorgando a las partes una mayor capacidad para adaptar las fluctuaciones estacionales o cíclicas de la actividad”, explicó el Ejecutivo.