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Cálculo de jornada laboral de 4 hasta 52 semanas: los alcances del proyecto del Gobierno para flexibilizar las 40 Horas

“Horizontes más extensos permiten distribuir la jornada de acuerdo con ciclos productivos que exceden el horizonte mensual, otorgando a las partes una mayor capacidad para adaptar las fluctuaciones estacionales o cíclicas de la actividad”, explicó el Ejecutivo.

AGENCIA UNO

El Ministerio del Trabajo ingresó con suma urgencia el proyecto de ley para flexibilizar el cálculo de la jornada laboral para las 40 horas semanales, pasando de las cuatro semanas actuales a un periodo que hasta 16 semanas (cuatro meses), hasta 52 semanas, esto es, un año.

La propuesta, entregada a las comisiones de Trabajo y Economía de la Cámara de Diputados, busca “perfeccionar los mecanismos de adaptabilidad de la jornada de trabajo y establece un régimen especial para el sector turismo y actividades conexas”.

La cartera dirigida por Tomás Rau indicó que, en la actualidad, el cálculo para la jornada laboral de 42 horas semanales se realiza en base a cuatro semanas, pero se pretende que ahora sea en un lapso de 16 semanas, esto es, cuatro meses.

Sin embargo, para el mercado del turismo, y actividades relacionadas como bares, discotecas, restaurantes y casinos, entre otros, este periodo se puede extender hasta 52 semanas, o sea, un año.

Según consignó The Clinic, este nuevo régimen para el turismo pretende compatibilizar “necesidades operacionales del sector con la protección de los trabajadores”.

Los principales cambios a la Ley de 40 Horas

El Ministerio del Trabajo considera modificar los artículos 22 y 22 bis, centrado en la regulación de los pactos de distribución de la jornada ordinaria promedio de 40 horas semanas, ampliando el periodo de referencia y que siga teniendo un máximo de 45 horas ordinarias a la semana.

Pero detalla que “mediante negociación colectiva o pactos directos con sindicatos, y solo respecto de sus afiliados, las partes podrán pactar la ampliación del ciclo hasta un máximo de 52 semanas”. Sin embargo, se mantiene el límite de 45 horas a la semana para los funcionarios del turismo.

En esta línea, y para poder concretar los cambios a la jornada, “en ambos casos, el promedio de la jornada ordinaria deberá respetar el límite legal vigente, deberá suscribirse un pacto que conste por escrito y contemplar un calendario previo de distribución, resguardando la certeza del trabajador respecto de la organización de su jornada”.

Junto con ello, se amplían de 8 a 12 los domingos consecutivos para los trabajadores de empresas vinculadas al sector del turismo, como hoteles, bares, restaurantes y similares, “permitiendo cubrir periodos de alta demanda sin afectar el número total de descansos anuales”.

En cuanto a la compensación de horas extraordinarias, se pasa de 5 a 10 días hábiles adicionales de descanso a pactar en un año, estableciendo el mecanismo de 1 hora extraordinaria es equivalente 1,5 horas de descanso.

“Horizontes más extensos permiten distribuir la jornada de acuerdo con ciclos productivos que exceden el horizonte mensual, otorgando a las partes una mayor capacidad para adaptar las fluctuaciones estacionales o cíclicas de la actividad”, explicó el Ejecutivo.

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