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7 de Septiembre de 2021

Canal 13 recurre al Tribunal Constitucional por multa del ISP por “publicidad” a medicamento prohibido

Toda esta situación se generó en agosto de 2017, cuando el doctor Ricardo Soto expuso en Bienvenidos sobre el MMS.

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canal 13 tribunal constitucional El hecho ocurrió el 22 de agosto de 2017 con la participación del doctor Ricardo Soto.
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Canal 13, a través del abogado Juan Pablo Gómez, presentó ante el Tribunal Constitucional un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, luego de que el Instituto de Salud Pública (ISP) los multara con 500 UTM ($26.315.500) por hacer “publicidad” a un medicamento prohibido.

El hecho ourrió el 22 de agosto de 2017 cuando el matinal Bienvenidos contó con la participación del doctor Ricardo Soto, quien habló presentó como tema la “Solución Mineral Milagrosa” o “MMS” (Mineral Miracle Solution).

Según consigna el documento presentado por la estación privada, en el espacio se conocieron los testimonio de tres personas que consumieron este compuesto, además de debatir sobre el tema con especialistas. Sin embargo, dejaron en claro que es un producto “prohibido”, que “el producto no cura las enfermedades”, además “se señala en varias ocasiones que el producto es riesgoso” y se recalcó que está prohibido por el ISP.

Tras esto, acusan que el organismo sanitario inició un sumario “con mucha publicidad” y que derivó en la millonaria multa. “El ISP y el 23º Juzgado Civil de Santiago sancionaron fuertemente a Canal 13 S.A. por considerar que en el referido programa Bienvenidos, se habría realizado una supuesta publicidad del producto MMS”.

Dicha resolución fue impugnada y la causa ahora se encuentra en la Corte de Apelaciones de Santiago.

Con el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que presentó Canal 13 ante el Tribunal Constitucional, se busca declarar inaplicables los artículos 163, 166, 167 y 174 del Código Sanitario porque produce “graves infracciones constitucionales”.

Esto porque, argumentaron, “no se puede presumir de derecho la responsabilidad penal”, “afectan el derecho a una investigación y procedimiento racionales y justos” y “afecta los principios de legalidad, en su concreción de tipicidad y proporcionalidad”.

Según el Diario Oficial, la Primera Sala designada por la Presidenta del Tribunal Constitucional “tendrá que resolver si admite a trámite el requerimiento, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad”.

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