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Los detalles del decreto de Milei que expulsa o prohíbe ingreso a extranjeros que insulten a Argentina

El mandatario argentino firmó un decreto que endurece la ley migratoria, en medio de sus acusaciones sobre una “campaña antiargentina”.

El presidente de Argentina, Javier Milei, firmó un decreto para modificar la Ley de Migraciones, la cual ahora establece la prohibición del ingreso de extranjeros que expresen mensajes de odio hacia el país.

Esta nueva norma también contempla la expulsión y la cancelación de residencia para los extranjeros que incurran en esas conductas. La medida se encuentra vigente aunque el Congreso todavía debe pronunciarse con respecto a su validez.

Qué establece el decreto que firmó Milei en Argentina

De acuerdo a lo que señala el decreto presidencial, las medidas se aplicarán a quienes se constate que hayan “dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto, o contra algún ciudadano argentino, motivado en la nacionalidad de este último”.

A lo que añade: “Haber realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales; o haber incitado a cometer cualquiera de los actos previstos por el presente inciso”.

Lo anterior, ocurre luego de que el mandatario denunciara la existencia de una supuesta campaña antiargentina”. Pese a no aportar pruebas, aseveró que está financiada por los gobiernos de Brasil y México y el Partido Demócrata de Estados Unidos, aludiendo a los cuestionamientos que se viralizaron en redes sociales en el marco del Mundial de fútbol 2026.

A través de un comunicado, la oficina presidencial manifestó que el decreto responde a las “recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos (…) Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”.

Sobre una eventual cancelación de residencia, esta “conlleva la conminación a hacer abandono del país dentro del plazo que se fije o bien la expulsión del territorio nacional, teniendo en consideración las circunstancias fácticas y personales del interesado”.

No obstante, se aclara que “en ningún caso” los castigos se pueden aplicar para “aquellas expresiones de disenso ideológico o de crítica política, académica o ciudadana, que constituyan un legítimo ejercicio de los derechos consagrados constitucionalmente”.

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