Secciones
País

Prisión preventiva para hombre que atropelló a ex pareja en Vallenar: lo imputaron por femicidio frustrado

El fiscal jefe de Vallenar, Nicolás Zolezzi, informó que los mecanismos indagatorios se están realizando con perspectiva de género.

En prisión preventiva esperará su juicio un hombre que fue formalizado por femicidio frustrado luego de que atropellara a su ex pareja, según determinó el Juzgado de Garantía de Vallenar.

De acuerdo a lo expuesto durante la formalización, el hecho ocurrió luego de que el sujeto, que se encontraba en estado de ebriedad, mantuviera una violenta discusión con la mujer y la atropellara cuando puso la marcha atrás en su camioneta.

En la oportunidad, el fiscal jefe de Vallenar, Nicolás Zolezzi, planteó que “los hechos que la fiscalía investiga son graves y los mecanismos indagatorios se están realizando con perspectiva de género, dado el contexto en que se cometió el delito“, frente a lo cual la institución adopta los protocolos establecidos ante la comisión de este tipo de hechos”.

Durante la audiencia de formalización, Zolezzi relató la dinámica de los hechos y recalcó que la víctima del femicidio frustrado tuvo que recibir atención médica de urgencia, a raíz de la gravedad de las lesiones que recibió por el atropello.

En prisión preventiva por el femicidio frustrado en Vallenar

“Los hechos son graves, por lo que la fiscalía reunió los antecedentes y en la audiencia de formalización comunicó al detenido que se le investiga como autor de los delitos de femicidio en grado de frustrado al ser la víctima su ex pareja, conducción en estado de ebriedad con resultado de daños y sin contar con licencia de conducir, además del ilícito de incumplir la obligación de detener la marcha del vehículo, prestar ayuda a la víctima y avisar a la autoridad”, resumió el persecutor en el Juzgado de Garantía de Vallenar.

Siguiendo la sugerencia del fiscal, el tribunal determinó que el imputado es un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad, por lo que le impuso la medida cautelar de prisión preventiva en la cárcel de Vallenar.

Notas relacionadas








Artículo 107: de la presencia bursátil al capital flotante

Artículo 107: de la presencia bursátil al capital flotante

Cabe preguntarse, entonces, si la desconcentración de la propiedad accionaria constituye un criterio más adecuado que la liquidez para justificar este tratamiento excepcional. Una sociedad puede tener un capital flotante importante y registrar escasas operaciones bursátiles, mientras otra puede presentar una elevada frecuencia de transacciones pese a tener una propiedad accionaria más concentrada.

Foto del Columnista Germán R. Pinto Perry Germán R. Pinto Perry



Ximena Ossandón, vicepresidenta de la Cámara (RN):

Ximena Ossandón, vicepresidenta de la Cámara (RN): "El Gobierno no puede permitir que se pierda la agenda por lo que dicen o hacen los ministros"

La vicepresidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados valora que el Gobierno ajuste su modelo de vocería, pero advierte que los cambios no bastarán si quien asume “no participa en las decisiones”. Además, sostiene que el Ejecutivo debe reforzar su respuesta en materia de empleo y pide a los ministros “buen trato” con el Congreso mientras se discute el Presupuesto.

Daniel Lillo