
Manuel Monsalve, el ex subsecretario del Interior, cumplirá arresto domiciliario total y arraigo nacional luego de que la Segunda Sala de la Corte Suprema acogiera su recurso de amparo. Los motivos, según indicó el máximo órgano del Poder Judicial, se basaron en dos “yerros”: la fundamentación de las sentencias y la provisionalidad de la prisión preventiva.
La medida declaró ilegal la decisión del Séptimo Juzgado de Garantía de mantener a Monsalve en prisión preventiva en el anexo Cárcel Capitán Yáber.
Respecto al primer “yerro”, la Segunda Sala indicó que la sentencia recurrida “no supera el umbral mínimo de fundamentación asociado a la necesidad de cautela“. Además, subrayó que “no fundamentó ni se pronunció respecto de la petición subsidiaria elevada por la defensa en orden a sustituir el actual fin de la prisión preventiva por el de peligro de fuga”.
“El dictamen impugnado estuvo desprovisto de la necesaria e imperativa fundamentación. A partir de dicho diagnóstico, se constata una vulneración de una forma intrínseca que debe cumplir toda resolución que prive, limite o coarte la libertad personal de una persona, la que, como se dijo oportunamente, está, a la vez, íntimamente conectada con la legitimidad y jurisdiccionalidad de la decisión”, agregó.
Sobre el segundo punto, el de la provisionalidad de la prisión preventiva de Monsalve, la Corte Suprema desarrolló que “aquélla subsistirá mientras permanezcan incólumes en el tiempo las razones que llevaron a decretarla“.
Asimismo, la Corte explicó que “la provisionalidad emerge como una pauta a considerar recurrentemente al pasar revista a los presupuestos para adoptar o mantener la prisión preventiva“.
Finalmente, la resolución fue acordada con el voto en contra de la abogada integrante Pía Tavolari, quien consideraba que lo correcto era rechazar la acción de amparo entablada, confirmando la sentencia definitiva apelada.