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Apeló a libertad de expresión: Corte rechaza censura contra Natalia Valdebenito por chiste de mineros

El tribunal apuntó a que la frase en la que hacía mención a los mineros no fue viralizada en su contexto, ni compartida por la comediante.

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección que presentó la familia de uno de los mineros en la tragedia de El Teniente en contra de Natalia Valdebenito y que le prohibía emitir comentarios sobre el hecho en sus presentaciones.

En su fallo, el tribunal de alzada defendió la libertad de expresión de la comediante, aseverando que sus dichos fueron grabados por un tercero en el contexto de un evento público.

“Que si bien es cierto de los antecedentes aportados en el recurso que dio inicio a la presente acción, estos aparecen formulados en términos tales, que pudieron justificar la concesión de la orden de no innovar librada en su momento, medida esencialmente cautelar y provisional, no lo es menos del informe evacuado por la recurrida, fluye con prístina claridad que las expresiones de doña Natalia (Valdebenito), no se refieren a hechos de la esfera privada de los recurrentes, por lo que no se pueden erigir como elementos constitutivos de un ilícito, como tampoco, pueden ser concebidas como expresiones de odio que llamen a la violencia, agregando que tales expresiones no forman parte de sus rutinas”, precisó la Corte de Apelaciones.

En esta línea, el tribunal apuntó a que la frase en la que hacía mención a los mineros no fue viralizada en su contexto, a lo que se suma que Valdebenito pidió disculpas públicas y no fue ella quien compartió el cuestionado registro.

“Con ello no se observa de qué manera dichas expresiones, amparadas en la libertad de expresión, debieran ser censurada o sancionada por esta Corte en sede de protección, teniendo presente, además, que la recurrida después de haber explicado el contexto en la que las emitido, libre de toda intención ofensiva, publicó en la red social Instagram disculpas a los afectados, y asentando que ella no fue la que grabó ese momento de su presentación, ni lo hizo circular por las redes sociales”, puntualizó la Corte de Apelaciones.

“Así las cosas y de acuerdo a lo razonado, no cabe más que rechazar el recurso en examen teniendo particularmente presente que las expresiones de doña Natalia Valdebenito González no logran la vulneración de derechos señalada, toda vez que se encuentran amparadas bajo el derecho a la expresión, sin censura previa, a lo que abona que ella no creó, ni subió video, rutina, entrevista o cualquier otro material sobre sus expresiones, por lo que el recurso deberá ser desestimado como se dirá en lo resolutivo”, resolvió la corte.

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