La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley, en su tercer trámite constitucional, un proyecto que impide que personas condenadas por delitos en contexto de violencia intrafamiliar, como femicidio, homicidio o lesiones graves, puedan acceder a pensiones de sobrevivencia asociadas a sus víctimas.
La iniciativa introduce cambios tanto en la legislación sobre violencia intrafamiliar como en el Decreto Ley N° 3.500, que regula el sistema de pensiones. En este marco, se establece que los tribunales deberán dejar constancia en sus sentencias de la relación entre víctima y condenado, con el objetivo de facilitar la aplicación de la norma.
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Asimismo, se dispone que los Juzgados de Garantía y los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal informen de oficio a la Superintendencia de Pensiones, a las AFP y a las compañías de seguros de vida cuando exista una condena de este tipo, para impedir el acceso a beneficios previsionales.
Desde el Congreso se destacó que la medida busca reforzar la protección de las víctimas y evitar que personas condenadas por delitos graves obtengan beneficios económicos derivados de sus hechos.
En esa línea, la ministra de la Mujer, Judith Marín, valoró el avance del proyecto señalando que “prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres nos parece fundamental. Eso es lo que viene a hacer este proyecto de ley, a ser coherentes condenando la violencia contra las mujeres”.
La secretaria de Estado agregó que la iniciativa es clave para asegurar que “ninguna persona condenada por delitos graves, como femicidios, pueda beneficiarse económicamente de su víctima”, destacando además que ya se han presentado querellas en casos de femicidios consumados.
Con su aprobación en el Congreso, la normativa ahora queda lista para su promulgación, estableciendo nuevas obligaciones para los tribunales y organismos previsionales en el registro y bloqueo de estos beneficios.
