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Las nuevas modalidades para pagar el CAE según la renta del deudor

Para el pago inicial, la Tesorería General de la República estableció el monto máximo que puede entregar una persona según su renta.

Luego de que iniciaran los embargos sobre las personas que mantienen deudas asociadas al pago del Crédito con Aval del Estado (CAE), la Tesorería General de la República dio a conocer las nuevas medidas vigentes para quienes deseen regularizar su situación.

Según explicó la TGR, los embargos de bienes raíces estuvieron dirigidos a quienes no regularizaron su deuda tras ser notificados en semanas anteriores. La medida comenzó a ser ejecutada en las regiones de Antofagasta, La Araucanía y Los Lagos y se planea que en los días siguientes se extienda al resto del país.

En vista de esta situación la entidad dependiente del Ministerio de Hacienda dio alternativas a los deudores, con el fin de “recuperar los créditos públicos adeudados”, según transmitió mediante un comunicado este viernes.

Las alternativas de pago, según la TGR, han permitido que más de 18 mil personas regularicen su deuda del CAE. Estas “buscan precisamente ajustarse a la realidad económica” de cada deudor. A modo de ejemplo, no está permitido que ninguna de las cuotas mensuales superen el 10% de la renta de cada deudor ni existe la obligación de pagar el 10% del total del monto adeudado como pie. Estos son los montos iniciales según cada renta:

  • Rentas menores a $1 millón: Tanto el pie como las cuotas mensuales adaptadas parten desde 1 UTM ($71.506)
  • Rentas entre $1 a 2 millones: El pie máximo requerido se topa en $1 millón.
  • Rentas superiores a $2 millones: El pie máximo exigido tiene un límite de $1,5 millones.

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