Luego seis años de investigación judicial, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago dictó un veredicto condenatorio contra los dos principales imputados del caso Operación Topógrafo: el exministro de la Corte de Apelaciones de Copiapó Juan Antonio Poblete y el general (r) del Ejército Schafik Nazal.
Según se estableció en la sentencia, ambos deberán permanecer bajo el régimen de libertad vigilada intensiva durante cinco años por interceptar telefónicamente de manera ilegal a periodistas y ex funcionarios del Ejército que habían denunciado irregularidades en la institución. Previamente, como imputados, recayó sobre ellos la medida cautelar de prisión preventiva por dos años y luego arresto domiciliario total.
Desde la Fiscalía Centro Norte informaron que se trata de la primera condena de este tipo en el país. Tras un juicio abreviado, el tribunal acreditó que el Nazal, como jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), presentaba antecedentes falsos para obtener autorización judicial y así interceptar comunicaciones privadas. Estas interceptaciones, a su vez, eran autorizadas por el entonces juez Poblete, a sabiendas de la falsedad de los datos. Al menos en 15 ocasiones se hicieron escuchas telefónicas al margen de la ley.
El caso fue bautizado como Operación Topógrafo, debido a que funcionarios del Ejército denominaron así la supuesta operación de inteligencia que derivó en espionaje. Este nombre, a su vez, tuvo su origen en una de las acepciones de la palabra topo, que se usa para denominar a una persona que se infiltra dentro de una organización y actúa al servicio de otros.
Weibel valora fallo
A modo de ejemplo, desde la defensa de una de las víctimas, el periodista Mauricio Weibel —quien en ese entonces investigaba el caso de corrupción al interior del Ejército conocido como Milicogate— sostuvieron que la orden de escucha fraudulenta que contenía el número telefónico de Weibel estaba caratulada con el nombre de una inmigrante irregular, a quien acusaron falsamente de ser una agente extranjera.
“Este fallo inédito en la historia judicial del mundo marca un precedente de máxima importancia para la defensa de la libertad de expresión, pues constituye una señal clara de que no puede haber impunidad para quienes agreden a periodistas, en especial a aquellos que investigamos casos de corrupción e interés público”, valoró Weibel.