La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) aplicó sanciones a cinco bancos por incumplir las obligaciones establecidas en la Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, luego de detectar que otorgaron créditos a personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos sin realizar las retenciones que exige la normativa.
La legislación establece que, cuando una institución financiera concede un préstamo a una persona que mantiene una deuda por pensión alimenticia, debe retener parte de los recursos entregados para destinarlos al pago de dicha obligación.
Sin embargo, la CMF concluyó que en estos casos no se cumplieron los procedimientos de consulta, retención y pago establecidos por la ley.
Estos son los cinco bancos sancionados por entregar créditos a deudores de pensión alimenticia
Las multas aplicadas por el organismo regulador fueron las siguientes:
- Banco Itaú Chile: 367,33 UF.
- Banco Falabella: 329,17 UF.
- BancoEstado: 272,26 UF.
- Banco Ripley: 208,81 UF.
- Banco Internacional: 109,64 UF.
De acuerdo con la CMF, el monto de cada sanción fue determinado considerando factores como la cantidad de operaciones observadas, la gravedad de los incumplimientos y el historial de sanciones de cada institución.
En el caso de Banco Itaú Chile, que recibió la multa más elevada, el regulador detectó tres operaciones irregulares y además consideró que la entidad ya había sido sancionada en los últimos cinco años, incluyendo dos infracciones relacionadas con la misma normativa.
Por su parte, Banco Internacional recibió la sanción de menor cuantía debido a que el incumplimiento correspondió a un único caso y su historial reciente solo registraba una sanción previa por un motivo distinto.
Las resoluciones fueron emitidas el pasado 25 de junio. Desde esa fecha, las entidades cuentan con un plazo de cinco días hábiles para presentar un recurso de reposición ante la propia CMF o diez días hábiles para recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago si buscan impugnar las multas.