En prisión preventiva quedó Jonathan David Richards Gaete, el funcionario de la Armada que protagonizó un atropello con resultado fatal múltiple el pasado domingo en la feria Caupolicán de Viña del Mar.
Durante la audiencia, que fue aplazada el lunes inicialmente por 48 horas para recabar más antecedentes, tanto la Fiscalía como la parte querellante solicitaron que se dictara prisión preventiva contra el imputado por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad y por peligro de fuga. La defensa de Richards Gaete, el abogado Gonzalo Yuseff, pidió en cambio la medida cautelar de arresto domiciliario total. La jueza Pilar Labarca atendió la petición del Ministerio Público, pero estimó que sólo se cumplía la causal relativa a la seguridad de la sociedad y no la de peligro de fuga.
“El tribunal no puede desatender a la mayor extensión del mal causado. Se trata de un hecho que ha causado el fallecimiento de si es víctimas, de las cuales tres pertenecían a la misma familia”, fue parte de los argumentos que dio la jueza Pilar Labarca al dictar la medida cautelar de prisión preventiva, que el imputado deberá cumplir en el Centro de Detención Preventiva (CDP) de Casablanca por 120 días.
La magistrada Labarca también desestimó la petición de la defensa para que Jonathan Richards Gaete cumpla esta medida cautelar en un recinto militar. Durante el tiempo que permaneció detenido, de hecho, el presunto responsable permaneció en un cuartel de la Armada, debido a que podía verse en riesgo su integridad física.
“A esa petición se accedió el otro día, solo teniendo en vista que era un paso transitorio, mientras se ampliaba la detención, sin conocer el tribunal el curso que iba a tomar luego esta causa. En ese entonces, no me pareció adecuado enviarlo a un recinto penal de Gendarmería, en circunstancias que por ese par de días, podía verse en riesgo su integridad física. Pero esta situación ya está resuelta. Esto ya es prisión preventiva y es por un hecho ajeno a su desempeño ministerial”, zanjó.
El relato de la Fiscalía
Durante su exposición, la fiscal Vivian Quiñones manifestó que el imputado conducía sin permiso de circulación vigente y sin seguro obligatorio de accidentes. “Sin estar atento, además, a las condiciones del tránsito y a exceso de velocidad, pierde el control del vehículo, lo cual desvía su desplazamiento hacia la derecha, trayecto en el cual atropella a los peatones don John Alejandro Millacura Cortés, doña Nicole Estefany Millacura Villegas y Belén Monserrat Millacura Villegas, quienes permanecían en la acera”, relató.
Seguidamente, el vehículo impactó contra otras ocho víctimas, de las cuales tres fallecieron: O’Higgins Olmedo Uribe, Sonia Matilde Oyarzún Rojas y Javier Omar Sepulveda Herrera. Los heridos, a su vez, quedaron con lesiones graves y leves. Por ende, el Ministerio Público le imputó a Jonathan Richards la autoría de cuasidelito de homicidio con resultado múltiple en concurso con el delito de lesiones graves y menos graves.
La persecutora también aludió a un informe de la Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT) de Carabineros, que concluyó que el imputado conducía a una velocidad no menor a 85 km/h, siendo que en zonas urbanas el límite es de 50 km/h.
El cruce entre la defensa y el tribunal
El abogado defensor Gonzalo Yuseff relató que su representado había ido a dormir el día anterior cerca de las 23.00 horas y que el día del accidente fue a dejar a su pareja a su trabajo en su vehículo particular. Minutos después durante una conversación telefónica, en la que el imputado usaba un dispositivo manos libres, él le manifestó que se sentía mal y que se detendría. Luego de aproximarse a un paradero, en medio de la neblina, perdió el conocimiento.
“Incluso suponiendo que hubiese ido 85 (km/h), es la velocidad normal que los autos circulan en esa parte. No lo quiero justificar, pero suponiendo que no hubiera estado consciente y que hubiera venido rápido, infracción que, como señalamos, la defensa controvierte que tenga relación causal con los hechos, porque la causalidad, en términos de acciones humanas y de filosofía de la acción, se interrumpe allí donde hay inconsciencia”, argumentó.
Uno de los puntos controvertidos de la audiencia fue cuando Yuseff cuestionó: “Si hubiera pagado el permiso de circulación, si hubiera pagado el seguro obligatorio, ¿esto no hubiera pasado? ¿podríamos afirmar eso con seriedad?“.
“Hubiera pasado igual, pero las víctimas hubieran quedado cubiertas de sus decisiones patrimoniales respecto del daño a terceros”, hizo ver la jueza Labarca.
Por otra parte, la defensa aludió al buen estado de salud de su representado, a que era sometido a chequeos periódicos por su labor en la Armada —el último de ellos el miércoles anterior al accidente—, así como su irreprochable conducta anterior. Incluso, citó como antecedente que en 2018 sufrió un desmayo y que lo mismo pudo haber sucedido el día del accidente.