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Qué implica el estado de catástrofe decretado en Coquimbo y Huasco por efectos del sistema frontal

¿En qué consiste el estado de catástrofe y qué atribuciones tienen los jefes de zona que se designaron? Revisa los efectos y alcances que tiene la aplicación de esta medida, que se adoptó a raíz de la emergencia por el frente de mal tiempo.

El Gobierno de José Antonio Kast decretó estado de catástrofe en la Región de Coquimbo y en la provincia del Huasco en la Región de Atacama, producto de los daños que ha causado el paso del sistema frontal.

En este marco, surge la incógnita con respecto a qué implicancias prácticas tiene el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, que puede ser declarado por diversos motivos, tales como sismos, inundaciones, pandemias, entre otros.

En cuanto a las implicancias legales de esta medida, el mandatario debe debe designar a un Jefe de la Defensa Nacional, que asume la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señala.

Las facultades presidenciales pueden ser delegadas total o parcialmente en los jefes de la Defensa Nacional que se designen.

Entre las medidas que se pueden tomar en estado de catástrofe se encuentran:

  • Restringir las libertades de locomoción y de reunión.
  • Disponer requisiciones de bienes.
  • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
  • Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada.

Las atribuciones que tienen los jefes de zona en estado de catástrofe

El decreto del Ministerio del Interior designó “como jefes de Defensa Nacional al General de Brigada del Ejército Claudio Paredes, en Huasco; y al General de Brigada del Ejército Eugenio Ribba, en la Región de Coquimbo“.

En este marco, cada jefe de zona tiene estas atribuciones:

  • Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona. Controlar la entrada y salida de la zona declarada en estado de catástrofe.
  • Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.
  • Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada.
  • Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público.
  • Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
  • Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.
  • Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona.
  • Las demás que le otorguen las leyes en su calidad de tal.

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