El diputado Raúl Leiva (PS) recurrió a la Contraloría General de la República para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de las grabaciones y la exposición pública de internos durante el denominado Plan Cancerbero.
La operación, impulsada por el Gobierno, fue transmitida durante casi cuatro horas a través de YouTube y mostró el traslado de 687 personas privadas de libertad hacia la cárcel La Laguna, en Talca.
Durante la emisión se habrían registrado imágenes en que algunos internos podían ser identificados, además de momentos en que funcionarios de Gendarmería los llamaban por sus nombres.
En esa línea, la decisión de televisar el procedimiento generó cuestionamientos desde sectores de la oposición y también entre exautoridades penitenciarias y policiales.
Leiva sostuvo que “en nuestra opinión, esta denominada Operación Cancerbero es una puesta en escena, un instrumento comunicacional del gobierno que iba más allá de la simple enunciación de una política pública. Una transmisión en directo con cámaras desde helicópteros, transmitiendo paso a paso el traslado de los supuestamente reos de más alta peligrosidad, no solo vulenra garantías de los propios internos al señalar sus nombres por la transmisión, sino que además pone en riesgo la seguridad de ese operativo. Todas las normas de la Ley Orgánica Constitucional de Gendarmería dan cuenta de la reserva y el secreto de las operaciones que se desarrollan en Gendarmería”.
En el oficio enviado al organismo fiscalizador, el parlamentario plantea que una operación penitenciaria no puede transformarse en una instancia de exhibición pública y cita dos pronunciamientos emitidos por la Contraloría durante 2017.
El primero, correspondiente al dictamen N° 9.923, estableció criterios respecto de la grabación de programas de entretenimiento en recintos penales y la protección de la dignidad de los internos.
El segundo, el dictamen N° 42.259, abordó el ingreso de medios de comunicación a las cárceles y fijó exigencias relacionadas con consentimiento, privacidad y resguardo de los derechos de las personas privadas de libertad.
Según Leiva, estos antecedentes permitirían evaluar si durante el Plan Cancerbero se respetaron los límites establecidos para este tipo de procedimientos. El diputado afirmó que “la Contraloría complementó el criterio anterior señalando que, si bien la autoridad puede permitir registros o ingresos bajo estrictas condiciones, estos exigen inexcusablemente el consentimiento expreso de los afectados, la adopción de resguardos rigurosos para salvaguardar la honra e intimidad, y la prohibición absoluta de transformar la actividad penitenciaria en un espectáculo o distracción desproporcionada de recursos públicos”.
De esta forma, el parlamentario busca que la Contraloría determine cuáles son los márgenes legales para registrar y difundir este tipo de operativos, considerando que las personas privadas de libertad mantienen derechos que no hayan sido restringidos expresamente por una condena.