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Enel deberá compensar a clientes afectados por cortes de luz y pagar multa de 1.500 UTM

El máximo tribunal rechazó los recursos presentados por ambas compañías y confirmó el pago de $50 mil por concepto de daño moral para los consumidores.

La Corte Suprema ratificó que Enel Distribución y Enel Colina deberán compensar a 127.756 clientes afectados por los cortes de electricidad ocurridos entre el 29 de enero y el 2 de febrero de 2021.

El máximo tribunal rechazó los recursos presentados por ambas compañías y confirmó el pago de $50 mil por concepto de daño moral para los consumidores perjudicados por las interrupciones del suministro.

Enel deberá compensar a clientes afectados por cortes de luz y pagar multa de 1.500 UTM

Además de esa indemnización, el fallo contempla compensaciones adicionales de acuerdo con la duración de los cortes. En concreto, 52.262 clientes de 33 comunas de la Región Metropolitana que permanecieron más de cuatro horas continuas sin electricidad dentro de un período de 24 horas recibirán el monto correspondiente al artículo 25A de la Ley del Consumidor, más 0,15 UTM. Por su parte, otros 75.494 usuarios que sufrieron interrupciones inferiores a ese lapso también accederán a una compensación bajo la misma normativa, junto con el adicional de 0,15 UTM.

Las reparaciones buscan reconocer los perjuicios ocasionados por la falta de suministro eléctrico, entre ellos las molestias y los gastos que debieron enfrentar los hogares, como la compra o pérdida de alimentos.

Según lo establecido por la justicia, los pagos se efectuarán de manera automática mediante abonos a los clientes beneficiados, una vez que la sentencia quede ejecutoriada. Los montos incluirán los reajustes e intereses que correspondan.

Junto con las compensaciones a los consumidores, Enel Distribución Chile S.A. y Enel Colina S.A. deberán pagar una multa de 1.500 UTM, equivalente a más de $108 millones, por infracciones a la Ley del Consumidor. La demanda fue presentada por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en octubre de 2021, luego de que las empresas no ofrecieran una reparación que el organismo considerara adecuada para el conjunto de afectados.

El proceso judicial se inició en el 4° Juzgado Civil de Santiago, que acogió los argumentos del Sernac y estableció la responsabilidad de las distribuidoras. Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó esa resolución y, finalmente, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación de las compañías, ratificando las medidas de reparación para los clientes afectados por los cortes, que en algunos casos se extendieron hasta por 83 horas.

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