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Las tres modificaciones que hizo Hacienda a la megarreforma

Las indicaciones fueron ingresadas este jueves y esta jornada se iniciará su discusión en la Comisión de Hacienda del Senado.

El Gobierno de José Antonio Kast, a través del Ministerio de Hacienda, concretó las modificaciones a la Ley de Reconstrucción Nacional, conocida como megarreforma.

Las indicaciones fueron ingresadas la noche del jueves y comenzarán a ser discutidas en la Comisión de Hacienda del Senado a partir del mediodía.

Los cambios se centraron en la reestructuración del crédito al empleo, cambios en la invariabilidad tributaria y una nueva tasa para el impuesto de las empresas.

Crédito al empleo

Sobre lo primero, el crédito tributario al empleo se centrará en trabajadores de empresas que presten servicios del conocimiento en la economía digital. Es decir, “debe tratarse de servicios basados en el conocimiento, entendiéndose por tales aquellos que se sustentan principalmente en la calificación técnica o profesional, el uso intensivo de tecnología de la información, o el desarrollo tecnológico del prestador”.

Además, precisaron que “no se entenderán como servicios basados en el conocimiento aquellos que no sean susceptibles de ser prestados o entregados a distancia, por medios digitales, electrónicos o de telecomunicaciones“.

En ese sentido, deben ser calificados como exportación por el propio Servicio Nacional de Aduanas, deben ser prestados a personas sin domicilio ni residencia en el país, y deben ser prestados total o parcialmente en Chile, para ser utilizados en el extranjero.

De esta manera, el propio Ministerio de Hacienda, a través de un decreto y con previo informe del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, establecerá un catálogo de servicios de la economía del conocimiento. “Se presumirá de pleno derecho que los servicios que el Ministerio de Hacienda incluya en el referido catálogo son servicios de la economía del conocimiento”, indicaron.

Dicho catálogo será actualizado de forma anual y en caso de que no exista una inclusión o exclusión en un determinado año, Hacienda se verá liberado de la obligación de actualizarlo.

También se abrirá un período de consulta pública para que, en un plazo de 15 días hábiles administrativos, los contribuyentes puedan realizar recomendaciones para incluir una determinada actividad en dicho catálogo de servicios de la economía del conocimiento.

El crédito en este artículo será de un 15%, el cual se aplicará sobre la parte de las remuneraciones pagadas en el ejercicio respectivo a cada trabajador domiciliado y residente en Chile. Para ello se deberá calcular previamente el porcentaje que representan los ingresos por la exportación de los referidos servicios dentro de un ejercicio, sobre los ingresos totales anuales del contribuyente, para posteriormente aplicarlo a las remuneraciones del ejercicio pagadas a los trabajadores.

El crédito aumentará cinco puntos porcentuales por trabajador respecto de aquellas empresas que tengan su casa matriz o sucursales, para efectos tributarios, en una región del país distinta a la Región Metropolitana, o en comunas rurales de ella.

Para estos efectos considerarán la remuneración mensual individual, el conjunto de haberes que forme parte de las remuneraciones imponibles del trabajador para efectos de aplicar las cotizaciones establecidas en el decreto ley N° 3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Eso sí, en ningún caso el crédito podrá superar, para un mismo ejercicio comercial, el equivalente a 75 Unidades Tributarias Mensuales por cada trabajador, según el valor de ésta al 31 de diciembre del año correspondiente.

Invariabilidad tributaria

Respecto a la invariabilidad tributaria se cambió la fórmula por tramos. En un principio se entregaba un beneficio de 25 años de invariabilidad a las inversiones que superaran los US$50 millones.

Sin embargo, tras el acuerdo que logró Quiroz con el PPD, una de las modificaciones a la megarreforma es que se considerará los años de invariabilidad según tramos de montos.

El primero será en montos de US$50 millones a menos de US$100 millones, donde la invariabilidad será de 10 años. De 15 años será para aquellas inversiones iguales o superiores a US$100 millones e inferiores a US$ 350 millones. Por último, será de 20 años, en las inversiones iguales o superiores a US$350 millones.

Las empresas que quieran acceder a ello deberán pagar una sobretasa adicional de 1,5% sobre el impuesto corporativo.

Impuesto a las empresas

Con respecto al impuestos corporativo, en el proyecto original el tributo se bajaba del 27% al 23%. Pero con las modificaciones ingresadas a la megarreforma, ahora la disminución será a 22%.

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