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Los argumentos de la oposición para explicar porqué la invariabilidad tributaria es inconstitucional

Los abogados Jorge Correa Sutil y Jaime Gajardo explicaron las razones de la oposición para considerar esta arista como “inconstitucional”.

AGENCIA UNO

La oposición anunció que llevará la Ley de Reconstrucción Nacional, más conocida como megarreforma, al Tribunal Constitucional para que se declare su inconstitucionalidad en base a dos de sus normas más emblemáticas: la invariabilidad tributaria y los cambios al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Argumentación contra invariabilidad tributaria

La propuesta aprobada en el Congreso Nacional considera una invariabilidad tributaria de 10 años para iniciativas por hasta USD 100 millones; 15 para proyectos por hasta USD 350 millones, manteniendo los 25 años para propuestas que superen los USD 500 millones.

Invalidez legal para fijar condiciones tributarias a largo plazo

Al respecto, el abogado Jorge Correa Sutil explicó a T13 que la norma sería contraria a la democracia, ya que restringe la posibilidad de futuros gobiernos a modificar la legislación tributaria.

“Si una ley resulta invariable, eso es contrario a la democracia. Que una mayoría que ya no es obligue a una nueva mayoría y le impida fijar normas legales por 10, 15 o 20 años resulta contradictorio con el principio mayoritario y el de alternancia”, puntualizo.

Por su parte, el ex ministro Jaime Gajardo apuntó en radio Infinita que se establece “un congelamiento de las facultades tributarias de los próximos parlamentos (…) y eso es afectar el corazón de lo que se entiende por alternancia del poder, principio mayoritario y democracia en su sentido general”.

El otrora titular de Justicia ejemplificó esta situación en otras aristas: “Si cambian las mayorías, y el Tribunal Constitucional valida la posibilidad de leyes invariables en el tiempo, que en la práctica no van a poder ser modificadas por otros congresos, ¿Qué nos dice que el día de mañana no se declaren invariables los aranceles universitarios o las tarifas eléctricas?”.

Regímenes tributarios distintos en una misma actividad económica

Correa Sutil detalló que la invariabilidad tributaria no tiene efectos generales, ya que “es bien distinto decir establezcamos para todas las actividades y zonas una invariabilidad a decir hagamos un negocio en estas dos empresas“.

“La empresa que no tiene invariabilidad sufrirá un tributo diferente, y esa cuestión está prohibida por la Constitución. Eso hace imposible cambiar la ley misma, no solo el contrato”, puntualizó el ex ministro.

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