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Nuevo estado de excepción y pérdida de derechos sociales por 15 años: La Moneda ingresa con suma urgencia reforma constitucional de seguridad

El proyecto establece que será atribución del presidente de la República el declarar que una organización constituye una organización criminal o de carácter terrorista, previo informe de estamentos como la Fiscalía o el Cosena.

AGENCIA UNO

La Moneda oficializó durante la jornada el ingreso con suma urgencia al Senado del proyecto de reforma constitucional de seguridad, el cual presenta como principal punto la creación de un nuevo estado de excepción de seguridad pública con participación de las Fuerzas Armadas.

El presidente de la República podrá establecer el nuevo estado de excepción pública, ante “amenaza grave e inminente contra la seguridad pública o cuando ésta haya sido gravemente afectada”, junto con determinar las zonas que involucrará.

Esta medida no podrá extenderse por más de 120 días, “sin perjuicio de que el presidente de la República pueda prorrogarlo por igual período” y para extensiones sucesivas requerirá del acuerdo del Congreso Nacional.

Tras su instauración, el mando quedará bajo la dependencia inmediata del Oficial General de Carabineros que designe el Ejecutivo y una ley orgánica constitucional determinará las atribuciones y deberes de la autoridad a cargo de las zonas afectadas, las facultades de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, la colaboración que, por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional, podrán prestar las Fuerzas Armadas.

Entre las libertades que se verían suspendidas está la libertad personal y de locomoción y el derecho de reunión, mientras que además serán restringidas el derecho de asociación, interceptar, abrir o registrar
documentos y toda clase de comunicaciones y disponer requisiciones de bienes.

Crimen organizado y terrorismo

En esta materia se crea un registro de organizaciones criminales y será atribución del presidente de la República el declarar que una organización constituye una organización criminal o de carácter terrorista, previo informe de la Fiscalía Nacional o del Consejo de Seguridad Nacional.

El Senado deberá aprobar en un plazo de cinco días y en sesión secreta especialmente convocada y con voto de los dos tercios de los senadores en ejercicio, la declaración realizada por el jefe de Estado. Si la Cámara Alta no se pronuncia en ese periodo, se entenderá rechazada la propuesta del Ejecutivo.

Junto con ello, se establece un régimen penitenciario diferenciado en los que se contemplen restricciones de comunicaciones, visitas, traslados y acceso a beneficios.

Además, se confirma el anuncio de quitar beneficios sociales como salud, educación, trabajo y seguridad social a personas condenadas por este tipo de ilícitos hasta 15 años posteriores al cumplimiento de su pena.

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