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Ley de Teletrabajo: a quiénes beneficia y cómo solicitarlo

Más de 300 mil trabajadoras bajo el Código del Trabajo van a poder optar a los beneficios de esta ley.

ley de teletrabajo

El presidente Gabriel Boric promulgó la Ley de Conciliación de Vida Personal, Familiar y Laboral, también conocida como Ley de Teletrabajo.

“En la pandemia aprendimos que hay muchas labores que pueden hacerse de manera remota y si es posible buscar cómo conciliar la vida personal con la vida familiar y con la vida laboral, tenemos que hacer esos esfuerzos”, aseguró el Mandatario.

Por su parte, la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, enfatizó en que “una no puede estar solo cuidando, solo trabajando, o solo cuidando y trabajando, sino que también tiene que tener tiempo y espacio para una misma. Tenemos derecho a un trabajo, pero que sea compatible con nuestras vidas”.

¿A quiénes beneficia la Ley de Teletrabajo?

Esta nueva norma otorga a aquellas personas que trabajan y que tienen a su cargo a un niño o niña menor de 14 años o a una persona en situación de discapacidad o dependencia, el derecho y regulación del teletrabajo, y prioridad al momento de solicitar el feriado legal.

Junto a ello, esta ley entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.

La norma solo aplica para quienes están contratados vía Código del Trabajo, excluyendo a trabajadores del sector público contratados por Estatuto Administrativo, Municipal, Docente, Fuerzas Armadas, y otros.

¿Cómo solicitar la Ley de Teletrabajo?

Desde el Gobierno indicaron que la persona trabajadora debe acreditar la condición de cuidadora y proponer fórmula de teletrabajo.

Posterior a ello, el empleador debe responder la propuesta en 15 días. En tanto, la causal de oposición del empleador es cuando la naturaleza de las funciones no permite ejercicio de teletrabajo, así como la inexistencia de condiciones de conectividad y de condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Además, el derecho no debe suponer cambios en las condiciones contractuales o una carga para el empleador de reemplazar con otros trabajadores.

El empleador tendrá la obligación de dejar constancia de la fórmula de teletrabajo que se implementará.

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