
El Senado despachó este martes la reforma a la ley de notarios, luego de aprobar por 36 votos a favor y una abstención el informe emitido por la Comisión Mixta, con lo cual ahora solo resta que Tribunal Constitucional le otorgue el visto bueno para que quede en condiciones de ser promulgada como ley.
La aprobación de la nueva normativa, que estuvo ocho años tramitándose en el Congreso, incluye la obligación de que los notarios, conservadores y archiveros dejen sus cargos cuando cumplan 75 años. Quienes en la actualidad sobrepasan esa edad deberán hacerlo en un plan máximo de un año.
Durante el debate el senador del PPD Pedro Araya solicitó recurrir al Tribunal Constitucional (TC) tras acusar un defecto de tramitación, pues la Cámara Baja “no se ciñó a la propuesta de votación del informe de la Comisión Mixta”. No obstante, la petición fue rechazada por 21 votos en contra, 12 a favor y 2 abstenciones.
Las principales modificaciones que incluye la reforma a la ley de notarios
Además, la reforma a la ley establece un nuevo sistema para nombrar a los notarios, en el cual la Corte Suprema ya no toma parte y su lugar lo ocupa el Sistema de Alta Dirección Pública, con una selección basada en el mérito.
Tal como se indicó, también establece el fin de los cargos vitalicios, ya que se estableció una edad límite de 75 años para desempeñar esta labor.
Respecto del plazo de un año que se otorga a quienes ya tienen 75 años o más, aquello se debe a que se establecieron seis meses desde la entrada en vigencia de la ley para cesar sus funciones, y a que la norma rige seis meses después de su publicación.
También establece inhabilidades con el propósito de evitar conflictos de interés. Entre ellas se encuentra la imposibilidad de optar a estos cargos por parte de familiares del presidente de la República, ministros de Estado, de las cortes Suprema y de Apelaciones, subsecretarios, delegados presidenciales, gobernadores regionales, senadores, diputados, contralor general de la República, entre otros funcionarios de alto rango.
Además se estableció que el control y la fiscalización del trabajo de los notarios, conservadores y archiveros recaerá en los fiscales judiciales de las respectivas cortes de Apelaciones.
A la vez, permite la separación del cargo de notario y conservador, así como la división del territorio jurisdiccional.
En términos de modernización tecnológica, se introducen reglas para mejorar los estándares de servicio tecnológicos, lo que incluye plataformas de consulta en línea.
Por otra parte, los notarios, conservadores y archiveros deberán someterse anualmente a exámenes por parte de auditores externos, tanto en relación a las condiciones de atención al público como sus estados financieros, entre otros ítems.