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Los detalles del proyecto de RN para sancionar con cárcel a quienes incumplan las órdenes de evacuación

La penalización se aplicará también a aquellas personas que no acaten “a sabiendas y sin causa justificada” las prohibiciones de ingreso a zonas de riesgo.

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Tras lo ocurrido con las tres personas que debieron ser rescatadas desde el Cajón del Maipo en un operativo que costó alrededor de 100 millones de pesos, diputados de Renovación Nacional ingresaron un proyecto de ley para sancionar a quienes incumplan las órdenes de evacuación.

De acuerdo con la iniciativa, la penalización se aplicará a aquellas personas que no acaten “a sabiendas y sin causa justificada” tanto las prohibiciones de ingreso a zonas de riesgo como la orden de abandonar de inmediato el lugar.

A través del proyecto, sus autores, entre los que se cuentan los diputados Mauro González, Diego Schalper, Eduardo Durán, Claudia Mora y Rodrigo Ramírez, buscan modificar la Ley 21.364, que creó el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred).

El proyecto que aborda las órdenes de evacuación

De acuerdo con los fundamentos del proyecto, se busca establecer consecuencias penales específicas para quienes desobedezcan de manera deliberada las instrucciones entregadas por la autoridad respecto de perímetros de seguridad, órdenes de evacuación y la restricción al ingreso a zonas con amenaza grave.

La pena propuesta por la iniciativa consiste en presidio menor en su grado mínimo o una multa de 11 a 50 UTM, aunque si dicha desobediencia obliga al despliegue de servicios de búsqueda, evacuación o rescate, el tribunal deberá aplicar conjuntamente la pena de presidio y la multa, según informó La Tercera.

Además, el proyecto establece también que la persona condenada deberá reembolsar al Estado los costos en que hayan incurrido los organismos públicos que tomaron parte en las labores de búsqueda, evacuación o rescate.

De acuerdo con la propuesta, el monto del reembolso lo determinará el Ministerio del Interior a través de una resolución exenta y, en caso de que el pago no se concrete dentro de los 60 días siguientes a la notificación, los antecedentes deberán ser remitidos al Consejo de Defensa del Estado para iniciar las acciones de cobro correspondientes.

Según se establece, en casos calificados, el Ministerio del Interior podría requerir el reembolso sin necesidad de contar previamente con una sentencia condenatoria.

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