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3 de Enero de 2022

Automotoras, pasajes aéreos y compras a distancia: Sernac detalló los alcances de la Ley Pro Consumidor

El organismo explicó que con la nueva ley el plazo para poder ejercer el derecho a la garantía legal cuando los productos salen defectuosos o no son aptos para su uso aumentará de tres a seis meses.

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Ley Pro Consumidor Lucas del Villar, director de Sernac. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) entregó detalles sobre la nueva Ley Pro Consumidor, iniciativa que fue publicada en el Diario Oficial y que establece una serie de cambios que irían en beneficio de los consumidores de diversos productos y servicios.

Lucas del Villar, director del organismo, precisó que la norma “establece una serie de nuevos derechos para los consumidores en distintos ámbitos, elevando el estándar de protección en algunas materias como el derecho a garantía, e incluso dejándonos a la vanguardia en muchos otros”.

En el detalle, la nueva Ley Pro Consumidor amplió el plazo de tres a seis meses para poder ejercer el derecho a garantía legal cuando el producto viene defectuoso, con especificaciones distintas a las informada o no es apto para el uso indicado en la publicidad, permitiéndoles a las personas solicitar a su elección el cambio del producto, la devolución del dinero pagado o la reparación del bien.

Además, la normativa establece como obligatorio el derecho a retracto en compras a distancia, como electrónicas, telefónicas o por catálogos, dando la posibilidad de arrepentirse de la compra en 10 días desde recibido el producto. Eso es muy importante tanto por el aumento de las compras online, así como por su naturaleza porque los consumidores no pueden conocer con anticipación las reales características del producto. De hecho, se extiende este derecho a las compras presenciales en que no se tuvo acceso directo al producto.

Otro derecho incorporado está ligado a la facilidad que se otorgará a los consumidores para terminar los contratos y las empresas no podrán poner condiciones o barreras para mantenerlos amarrados a los servicios. Por el contrario, deberán informarles los mecanismos para darle término en forma simple y deberán, al menos, disponer de los mismos que se utilizaron para la contratación.

En cuanto a servicios específicos, la ley entregó algunos puntos relacionados con las automotoras. En este caso,el consumidor compra un auto nuevo, no le podrán limitar la libre elección de servicios técnicos destinados a la mantención, salvo por situaciones específicas justificadas.

En materia de garantía voluntaria, la empresa deberá proporcionar al consumidor previamente información sobre todas las mantenciones, sus valores y la nómina de todos los talleres para efectuarlas.

Asimismo, el vendedor deberá proporcionar otro vehículo de similares características mientras dure la reparación o mantención del vehículo, cuando el ejercicio de la garantía legal o voluntaria no le permita su uso por un plazo superior a cinco días hábiles.

Por la sobreventa de pasajes aéreos, la Ley Pro Consumidor explicó que si al cliente le niegan el embarque por sobreventa de pasajes aéreos, las aerolíneas tienen que no sólo informar por escrito las razones, sino que los consumidores podrán optar a la devolución del dinero o las compensaciones que correspondan de manera más expedita.

Las empresas también estarán obligadas a dar a conocer la vida útil de los productos durables. Por ejemplo, en el caso de un refrigerador, el consumidor debe saber antes de comprar que durará entre cinco y diez años con un funcionamiento normal.

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